Plan Nacional de Actuación

Hemos unificado toda la información relacionada con la situación de pandemia por coronavirus, un resumen del plan de continuidad de negocio, así como las medidas de apoyo que garantizarán la seguridad y la salud de todos.

Es necesaria la colaboración de toda la plantilla para una correcta implantación.

Las acciones se mantendrán vigentes, mientras dure la situación de emergencia internacional por COVID-19.

Medidas generales

Distanciamiento social

Higiene

Gestión de residuos

Personas especialmente sensibles

Criterios generales para el mantenimiento del servicio

  • Servicios mínimos sanitarios: Formados por médico de CP y un enfermero. Llegados a la fase de desescalada, se irán estableciendo los servicios sanitarios ampliados de CC y fisioterapeuta, cumpliendo en todo momento las exigencias del presente plan y la obligada prestación de servicio que se debe a los mutualistas.
  • Servicios mínimos administrativos:
    Fase II o intermedia: Un máximo del 50% de las personas trabajadoras no sanitarias.
    Fase III o avanzada: Un máximo del 75% de las personas trabajadoras no sanitarias.
    Nueva normalidad: Los porcentajes son orientativos (si es posible, manteniendo el 75% de la fase III). En ningún caso puede superarse el aforo máximo establecido para cada centro y hay que garantizar todas las medidas de seguridad, tanto para trabajadores como usuarios.

Comités para la Aplicación del Plan de Actuación:

Para determinar las plantillas mínimas y garantizar la prestación de servicios.

Comité de Aplicación del Plan de Actuación
  • Director territorial
  • Directores autonómicos/área
  • Coordinadores médicos
  • Coordinador de RRHH
  • Representante de los trabajadores

Comité Nacional de Seguimiento del Plan de actuación frente a la pandemia COVID-19, que dirige y coordina las actuaciones a nivel corporativo y centraliza la información de las comunidades autónomas, hospitales y servicios centrales.

Comité Nacional de Seguimiento del Plan
  • Isabel García Gismera
  • Jorge Vilanova Martínez-Frías
  • Antonio Sancho Goñi
  • Ricardo Alfaro Puig

Equipo de vigilancia de la salud COVID-19:

Medicina del Trabajo
  • Dr. Jordi Miranda Pobes
Enfermería
  • Montserrat Bassa García
  • Oliván González
  • Teresa Felipe Gutiérrez

Puedes contactar con ellos: ÁREA VIGILANCIA SALUD COVID-19

También puedes contactar por teléfono

Vacaciones

Para este año 2020, se prorroga la posibilidad de disfrutar las vacaciones y, una vez agotadas estas, los días de libranza, hasta el 31 de enero de 2021.

Ya está habilitado, en el portal del empleado, el permiso extraordinario CATA COVID-19 regulado en las circulares C-086/20 y C-091/20.​

Aspectos organizativos del plan

Recomendaciones durante el desplazamiento

Recomendaciones en el centro de trabajo

Directrices para el regreso a la normalidad

Las personas susceptibles de incorporarse deberán cumplir las siguientes condiciones:

  • No tener síntomas asociados a la enfermedad por COVID-19 (tos, fiebre, dificultad al respirar, etc.)
  • No haber tenido contacto estrecho con un caso confirmado, probable o posible los 14 días previos

Si es posible, se seleccionarán preferentemente personas trabajadoras con las siguientes circunstancias:

  • Personas que no sean especialmente sensibles o vulnerables
  • Personas que no tengan hijos o hijas menores de 16 años, o que convivan con personas dependientes a su cargo

Si la evolución epidemiológica provocara un retroceso de fase, se actualizarán de forma automática las condiciones del servicio a lo establecido en dicha fase, en el ámbito geográfico que se determine.

Tras el estado de alarma, las comunidades autónomas han recuperado todas sus competencias en la materia. Es competencia de cada dirección territorial o gerencia de hospital liderar la aplicación de la normativa autonómica en el ámbito correspondiente (en oficinas centrales se ocupará RRHH).

¿Qué hacer si alguien presenta síntomas en un centro abierto o cree que puede haber sido contacto estrecho de un caso COVID-19?

En el caso de que, en un centro de trabajo, una persona de la plantilla desarrolle síntomas coherentes con la enfermedad o crea que puede haber sido contacto estrecho de un caso COVID-19 (p. ej., con un paciente que acude al centro asistencial u hospital), debe activarse el protocolo de actuación:  necesidad de notificación oficial de la circunstancia, las labores de limpieza y desinfección, la gestión de la valoración sanitaria del caso, la realización de pruebas PCR y la comunicación a las personas trabajadoras del centro afectado. En el caso de cierre de las instalaciones del centro por rebrote, se hace hincapié en la obligación de continuar prestando el servicio en la modalidad de teletrabajo.

El protocolo se define de forma detallada en el manual nºM-1456.

Adaptación de la normativa autonómica a los centros de Asepeyo

Una vez finalizado el estado de alarma, las comunidades autónomas han recuperado todas sus competencias en la materia, lo cual tiene incidencia directa en la gestión de la Mutua. Esta incidencia se produce, por ejemplo, con la emisión de diferentes normativas sobre el uso de la mascarilla, la posibilidad de reuniones y el número máximo de asistentes a las mismas o el cierre o restricciones a determinadas actividades económicas.

Será cada dirección territorial o gerencia de hospital quien lidere, en su ámbito geográfico, las medidas a adoptar en función de la situación epidemiológica y su impacto en los respectivos centros de trabajo.

Medidas preventivas necesarias en el centro asistencial para su reapertura

  • Disponer de stock de EPI para dos semanas.
  • Deben estar instaladas las mamparas de protección en admisiones. Podrá ampliarse a otros puestos administrativos con atención presencial, según la necesidad y el tipo de centro.
  • Deben estar colgados los carteles informativos para los pacientes, establecidos en la circular nº C-050/20.
  • Colocar la señalización de distancia 1,5 metros en admisiones.
  • Asientos en la sala de espera: anular dos de cada tres asientos.
  • Retirar las fuentes de agua, folletos informativos y cualquier material susceptible de ser foco de contagio.
  • Debe disponerse de mascarillas quirúrgicas (para pacientes), gel hidroalcohólico y pañuelos de papel en el puesto de admisiones.

Protocolo de actuación en Cataluña

Con motivo de la evolución epidemiológica, a partir del 16 de octubre, se aplican las siguientes directrices a los centros de trabajo de Cataluña:

Servicios centrales 

– Trabajo presencial 1 día a la semana y 4 días de trabajo a distancia. Las personas que, de forma voluntaria, quieran trabajar presencialmente más de un día a la semana, lo podrán hacer comunicándolo préviamente a su mánager.
– En los puestos de trabajo de dirección de área funcional, el trabajo presencial será de, mínimo, 3 días a la semana.

El trabajo presencial se desarrollará en jornada continuada de mañana, complementando, en cada caso, la jornada de tarde mediante trabajo a distancia. Los equipos serán estables para mantener el efecto burbuja y la determinación de los equipos adscritos a cada turno serán responsabilidad de cada director de área funcional.

Se exceptúan de la norma anterior los trabajadores especialmente sensibles y vulnerables que el Servicio de Prevención Propio haya determinado que deban trabajar exclusivamente a distancia.

Centros asistenciales

1. Personal administrativo de los centros asistenciales (servicios mínimos administrativos):

  • Centros con entre 2 y 10 administrativos: el personal administrativo realizará un 20% de su jornada presencial (1 día semana). El manager estrablecerá la rotación de trabajadores y jornadas, garantizando un mínimo de 1 administrativo presencial. El resto en situación de trabajo a distancia.
  • Centros con más de 10 administrativos: el personal administrativo realizará rotación de jornadas garantizando un mínimo de 2 administrativos presenciales por centro asistencial cada día, el resto en situación de trabajo a distancia.
  • En los centros de especial complejidad, centro asistencial de Via Augusta 18, Sagrera, Centro de Rehabilitación de Casp y Dirección Territorial de Catalunya, se mantendrán los mismos ratios de asistencia de cada trabajador (20%) al centro de trabajo, garantizando siempre un mínimo de 1 persona presencial por área/departamento.

En todos los casos, y siempre que sea posible, se crearán grupos burbuja estables, para minimizar al máximo el riesgo de contagio colectivo.

2. Personal sanitario en los centros asistenciales (servicios mínimos en función de actividad asistencial):

  • Contingencia profesional: Se mantienen los equipos de mañana y tarde en los centros como hasta la fecha, en caso de necesidad de rotación la dirección del centro la gestionará con las coordinaciones sanitarias. Para evitar demoras en la asistencia y la adecuada gestión de las salas, en los centros de mayor actividad asistencial (Girona, Lleida, Tarragona, Via Augusta, Sagrera, Sabadell, Badalona, Vic, Martorell, Granollers i l’Hospitalet), se mantienen dos equipos médicos y de enfermería en la mañana.
  • Rehabilitación y fisioterapia: Se seguirá haciendo un correcto cribado a todos los pacientes que deban acudir de forma presencial al centro. Se ceñirá la rehabilitación presencial a los casos de obligada asistencia por necesidad terapéutica, combinada con la realización de PAF. El centro de Rehabilitación de Casp, realizará un ajuste en la plantilla presencial de fisioterapeutas en la mañana y tarde, creando grupos estancos que asistan de forma rotatoria.
  • Contingencia común: para evitar desplazamientos que no sean estrictamente necesarios, se valorará realizar parte de la actividad de forma telemática, reservando la presencialidad para aquellos controles de casos que requieran que así sea. En centros de más de un profesional en esta área, se valorará su rotación.

Se exceptúan de la norma anterior los trabajadores especialmente sensibles y vulnerables que el Servicio de Prevención Propio haya determinado que deban trabajar exclusivamente a distancia.

Recomendaciones de seguridad y salud aplicables a oficinas centrales

  • Ubicación física: En cada planta se ubicará un cartel con el aforo máximo. Alternar la ubicación de los puestos de trabajo para garantizar la distancia.
  • Uso de escaleras: mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros con los demás.
  • Uso de ascensor: Uso preferente de las escaleras. En caso de requerir el uso del ascensor, los desplazamientos se realizarán de forma individual.
  • Uso de quipos: Queda prohibido el uso compartido de ordenadores. Si es necesario compartir el equipo, se desinfectará antes.
  • Recepción/servicios generales: garantizar la distancia de 1,5 metros en admisión/seguridad con visitas y proveedores
  • Office y tiempos de descanso: se establecerán turnos de uso para garantizar la distancia de 1,5 metros.

Protocolo de actuación

La realización de las pruebas de detección de anticuerpos se llevará a cabo siguiendo esta sistemática:

  • La Dirección de Asistencia Sanitaria será la encargada de proceder a la distribución de los test, en función de las valoraciones realizadas por el área sanitaria del servicio de Prevención.
  • En el centro asistencial, el médico asignado será quien prescriba como facultativo la prueba de acuerdo con las directrices, instrucciones y criterios acordados al efecto por la autoridad sanitaria competente.
  • El enfermero/a asignado en el centro asistencial será quien reciba los test, será la persona que deberá custodiarlos y controlar el uso que se haga de estos y registrará los datos relativos a cada una de las pruebas realizadas en CHAMÁN. Desde la DAS se procederá a remitir, periódicamente, al área sanitaria del SPP el registro de las pruebas para realizar el análisis de los datos agregados.
  • Realización de la prueba: antes de realizar la prueba, que deberá contar con la correspondiente prescripción,  se solicitará el consentimiento informado firmado por parte de la persona trabajadora a quien se le vaya a realizar el test. Se llevará a cabo el registro en CHAMÁN (Ver Anexo Registro CHAMAN Serología COVID). Se hará entrega al trabajador de documento con los resultados del test. Su realización no condiciona su reincorporación efectiva.
  • Tras la prueba: el Servicio de Prevención Propio se encargará, finalizada la recepción de la información de los registros de las pruebas realizadas, de la elaboración de un informe estadístico de tipo epidemiológico. También se responsabilizará de la notificación de los resultados, a medida que se vayan obteniendo, a Salud Pública (de la forma establecida en las comunidades autónomas).