¿Qué es el Bono Social?

El bono social es un descuento en la factura eléctrica aprobado en el Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre. Está regulado por el Gobierno y pretende proteger a los hogares vulnerables que cumplan una serie de requisitos familiares, personales y de renta.

Requisitos

Clientes vulnerables: pensionistas, familias numerosas, beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital o personas con una renta anual igual o inferior a 12.600€. Se les aplica un 25% de descuento en su factura, sujeto a unos límites de consumo anuales. En la actualidad, se les aplica un descuento extraordinario del 65% hasta finales de 2023.

Debido al carácter social del bono, el descuento solo está disponible para aquellos pensionistas que cobren la pensión mínima y no tengan ningún otro tipo de ingreso.

Clientes vulnerables severos: quienes no lleguen al 50% de renta de los límites válidos para clientes vulnerables, pensionistas que no ingresen 8.400€ y familias numerosas con renta inferior a 16.800€.

Los consumidores en riesgo de exclusión social (por estar siendo atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local que paguen al menos el 50% de la factura) no tienen que hacer frente a la factura eléctrica y, en caso de no poder pagarla temporalmente, no se les puede interrumpir el suministro eléctrico.

 

 

Cómo solicitarlo

A través del área de cliente, teléfono, correo electrónico, correo ordinario o fax a alguna de las comercializadoras eléctricas de referencia, quienes tienen la obligación de ofrecer y financiar el bono social. Es necesario presentar un formulario de solicitud, documento de identidad y certificado de empadronamiento, además de otra documentación. Puedes consultar todas las comercializadoras y la forma de contactar con ellas en la web oficial del bono.

Como máximo 10 días hábil  es después de la recepción de solicitud, la compañía debe comunicar el resultado. Si es positivo, el cliente tiene derecho a percibir el bono social desde el primer día del periodo de facturación en que haya presentado la solicitud completa. Si la factura se emite al menos 15 días después de la presentación de su solicitud completa, se aplicará el bono social en dicha factura. De no haber pasado 15 días se aplicará en la factura siguiente, regularizando las cantidades correspondientes para que el descuento se aplique también en el anterior periodo de facturación.

Otros beneficios

El bono social de electricidad tiene la ventaja de disponer de facturas más claras en las que se paga simplemente la electricidad consumida más impuestos y peajes. No incluyen cargos adicionales, “letra pequeña” o cláusulas ocultas.

Los beneficiarios del bono cuentan con un periodo más amplio para hacer frente a las facturas impagadas. 4 meses después de la primera notificación de impago, resultará de aplicación el Suministro Vital (SV) durante seis meses, tras el cual se podrá cortar el suministro (en vez del plazo general de 2 meses desde la primera notificación de impago).

Tampoco se podrá interrumpir el suministro en caso de impago a los hogares acogidos al bono social en los que haya al menos un menor de 16 años en la unidad familiar, o en los que el consumidor o uno de los miembros de su unidad familiar sea persona con discapacidad igual o superior al 33% o con grado de dependencia II o III.